Eduardo Murillo| La Jornada
Periódico La Jornada
Martes 16 de junio de 2020, p. 10
Es inconstitucional que una autoridad estatal solicite a los ciudadanos tramitar un permiso para permitir cualquier tipo de manifestación que se realice en las calles, pues equivale a censura previa y atenta contra los derechos de libre expresión, reunión y manifestación. Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al invalidar una fracción del artículo 20 de la Ley para Regular la Convivencia Civil de Colima.
Se trata del artículo 20, fracción II de dicha norma, que castigaba con 13 a 24 horas de cárcel y multas a quien impidiera o estorbara de cualquier forma el uso de la vía pública, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello.
El ministro ponente en este caso, Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló en su propuesta de resolución que esta disposición violaba los derechos constitucionales, entre ellos el de taxatividad, al no ser precisa y estar redactada en términos demasiado generales.
Puso por ejemplo que la norma podría utilizarse por igual para impedir las marchas, los plantones, las procesiones, las peregrinaciones o las manifestaciones
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Apuntó que el artículo invalidado no señalaba siquiera cuál autoridad o qué requisitos eran necesarios para obtener dicha autorización.
Así, el artículo impugnado fue declarado inválido, con el voto en contra de los ministros Javier Laynez y Yasmín Esquivel.
En otro apartado de esta ley, la SCJN avaló una disposición similar que castiga con prisión y multa a quienes hagan ruidos que notoriamente atenten contra la tranquilidad o salud de las personas
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González Alcántara sostuvo que esta norma podría utilizarse para limitar la libertad de expresión; sin embargo, aunque cuatro de los 11 ministros coincidieron con esta postura, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, señaló que existían precedentes donde la SCJN avaló normas similares, por lo cual la mayoría decidió aprobar su constitucionalidad.
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Murillo, E.. (2020). Invalida la SCJN ley de permisos para manifestarse en Colima. La Jornada. Recuperado el 3 de diciembre de 2020 de: https://www.jornada.com.mx/2020/06/16/politica/010n1pol