Jueza privilegia interés público y confirma continuidad de conferencias de López-Gatell

José Luis Alomía, de Epidemiología, y Hugo López-Gatell, de Prevención de la Salud, en conferencia. Foto: Octavio Gómez
José Luis Alomía, de Epidemiología, y Hugo López-Gatell, de Prevención de la Salud, en conferencia. Foto: Octavio Gómez

Proceso

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un juzgado federal confirmó su negativa inicial a suspender las conferencias nocturnas que encabeza el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, por lo que estas podrán continuar sin ningún tipo de interrupción legal en el transcurso de la epidemia.

Al resolver la petición de suspensión definitiva que presentó un exdirectivo de Coparmex, Óscar David Hernández Carranza, la jueza Séptima de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México Laura Gutiérrez de Velasco Romo, reiteró el criterio de que suspender las conferencias sobre la emergencia sanitaria que ha provocado la enfermedad covid-19 afectaría el interés de la sociedad y el orden público, por lo que es necesario que se mantengan.

De acuerdo con el expediente 512/2020, la Secretaría de Salud federal envió cuatro oficios y un anexo para negar los actos reclamados consistentes en las “omisiones y contradicciones” en las que ha incurrido el gobierno mexicano frente a la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV2 en territorio nacional.

En los escritos oficiales, el Secretario de Salud federal, Jorge Alcocer Varela, y el Subsecretario López-Gatell negaron formalmente la existencia de los actos reclamados, pero al acreditarse la existencia de la conferencia vespertina, la juzgadora federal consideró que las violaciones reclamadas podrían ser ciertas, aunque rechazó la suspensión definitiva e inmediata del “Informe Diario sobre el coronavirus covid-19 México”.

De acuerdo con la resolución, la petición de Hernández Carranza no cumple con el requisito que marcan diversas fracciones de los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo en el sentido de que el acto reclamado afecta el interés social o disposiciones de orden público.

Por el contrario, la jueza Gutiérrez de Velasco Romo estimó que la suspensión de las conferencias sobre la covid-19  “generaría un mayor daño al orden público y al interés social”, debido a que se impediría a la población en general estar informada sobre la situación que impera en el país respecto a la pandemia que hasta este 25 de mayo ha infectado en el mundo a casi 5.5 millones de personas y que ha provocado 345 mil 721 muertes, según cifras de la Universidad Johns Hopkins.

En este sentido, la impartidora de justicia estimó que el perjuicio que el demandante reclama por las supuestas omisiones y contradicciones que se dan a conocer en la conferencia de Hugo López-Gatell son menores a los daños que sufriría el interés de la sociedad en general en caso de una suspensión, por lo que debe prevalecer en este caso el interés colectivo y el orden público.

Los datos, de interés general

“El informe constituye el medio de comunicación oficial establecido por el Gobierno Federal, a fin de tener informada a la población en general de la situación que impera en el país respecto a la pandemia que nos afecta, lo cual incide en el orden público y en el interés social, que resultarían trastocados ante la cancelación de esa conferencia de prensa”, señala el resolutivo.

Por último, la jueza advierte que en la conferencia se ofrecen cifras como la tasa de letalidad global, la transmisión y número de casos confirmados, la actualización del panorama nacional, datos sobre defunciones y la distribución por entidad federativa, entre otros, por lo se trata de datos de interés general

“Lo cual no puede suspenderse ante el cuestionamiento de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o actualizados; pues, se inste, es el medio de comunicación que se estableció para tener informada a la sociedad mexicana. Razón por la cual, este órgano jurisdiccional considera que debe privilegiarse la afectación al interés social y al orden público”, concluye el resolutivo judicial.

Tras la resolución, continuará el trámite del juicio de amparo, debido a que el exdirectivo de Coparmex también ha cuestionado la legalidad de las conferencias, argumentando violaciones a la Constitución.

La defensa de Hernández Carranza todavía puede impugnar la negativa a suspender las conferencias presentado un recurso de queja ante un tribunal colegiado.

By astar