A pesar de que, para un experto consultado por Infobae México, el Acuerdo publicado por el presidente es “anticonstitucional”, los mecanismos para bloquearlo plantean varias dificultades para los interesados.
Tras el Acuerdo publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador sobre el uso de las Fuerzas Armadas para que éstas participen en labores de seguridad pública a principios de semana, tanto la oposición a su gobierno como distintas organizaciones civiles han criticado duramente la postura del mandatario.
Sin embargo, a pesar de que desde distintos sectores se evalúa montar un desafío legal al movimiento de López Obrador, los expertos consultados por Infobae México indican que el camino jurídico será muy complicado, pero no por ello necesariamente imposible.
El Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación “deriva de una reforma constitucional y eso vuelve ‘incómoda’ su impugnación. Pero, en mi opinión, el acuerdo tiene vicios propios y puede ser controvertido judicialmente”, expresó Daniel Torres Checa, abogado de la Universidad Panamericana.
Este lunes, López Obrador ordenó a través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación la participación permanente de las Fuerzas Armadas de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última, durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolle su estructura, capacidades e implantación territorial.
“El medio de control constitucional más obvio es el amparo, en la medida que el acuerdo -al no darle contenido a los parámetros del artículo 5 constitucional- puede afectar derechos humanos de los particulares”, añadió el especialista en derecho constitucional por la Escuela Libre de Derecho.
El abogado de la UNAM (Universidad Nacional Autónoma de México) Javier Martín Reyes coincide con la evaluación. “La vía que menos problemas podría tener es la del amparo, que podría presentar cualquier ciudadano afectado”, dijo.
Sin embargo, Javier Martín Reyes, también politólogo por el CIDE (Centro de Investigación y Docencia Económicas), advirtió un “problema doble”. “Por un lado, su procedencia sería menos problemática con actos de aplicación, pero parece más difícil controvertirlo por su mera entrada en vigor. Por el otro, en el amparo rige el principio de relatividad, por lo que el efecto se limita al caso concreto“, explicó.
Lo anterior plantea un problema para los partidos políticos, sobre todo los de oposición, que han advertido que evalúan llevar el tema hasta sus últimas consecuencias e incluso ante actores internacionales, como lo señalaron los senadores del PAN (Partido Acción Nacional).
Los legisladores incluso adelantaron que exploran la posibilidad de presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, no sería tan sencillo como lo plantean.
Lo explica Torres Checa: “En la acción abstracta se alega la contradicción entre una norma impugnada y la Constitución Federal. El acuerdo publicado no es, propiamente, una norma. Pero sus efectos se le pueden equiparar, en la medida en la que produzca situaciones abstractas, generales e impersonales“, detalló.De todas formas, no me parece que la procedencia sea tan clara
Pero, incluso aceptando que la acción abstracta procediera en contra del ordenamiento emitido por AMLO, “Los partidos políticos no estarían legitimados para presentarla, porque los partidos sólo tienen legitimación activa en materia electoral”.
Reyes, por su parte, ahondó en el tema. “Los estados y municipios del país podrían acudir a una controversia constitucional, en defensa de su esfera de competencia. Pero en ellas no pueden plantearse violaciones a derechos humanos, sino cuestiones competenciales”, explicó.
“Quizá la CNDH (Comisión Nacional de Derechos Humanos) o la FGR (Fiscalía General de la República) podrían meter una controversia, en la medida que se otorgan facultades de detención, ejecución de órdenes de aprehensión y demás. La Fiscalía tiene legitimación en material procesal penal”, complementó Torres Checa.
Reyes, por su parte, consideró que la CNDH podría interponer una acción de inconstitucionalidad. “Aunque la Comisión podría presentarla, una cuestión que no es evidente es si el acuerdo presidencial puede considerarse una norma general para efectos de la procedencia de la acción de inconstitucionalidad”, recalcó el experto.Todas las vías tienen limitaciones y complicaciones
Y es que la CNDH expresó este martes su preocupación por la falta de certeza jurídica en el Acuerdo publicado por el mandatario mexicano, en una de las críticas más duras de la Comisión contra la actual administración.
Señalaron que “es insuficiente respecto a la determinación del contenido de los términos: ‘extraordinaria’, ‘fiscalizada‘, ‘subordinada’ y ‘complementaria’, con lo que se falta al principio de la certeza jurídica, pues no se tiene claridad sobre los supuestos en los cuales cabría la actuación de las Fuerzas Armadas”.Lo anterior resulta preocupante, pues ante la indefinición, podría establecerse un esquema permanente de participación de las fuerzas armadas en funciones de seguridad pública, hecho que es contrario a nuestra Constitución
Además, alertó la CNDH, “preocupa la adecuada y suficiente formación de las Fuerzas Armadas en materia de respeto y protección de los derechos humanos (…). No basta con una declaración o una afirmación de buena fe”, añadió la Comisión.
Pero Reyes consideró que la Comisión se quedó corta en su diagnóstico. “El acuerdo presidencial es abiertamente inconstitucional. Viola directamente lo que la Constitución establece en el artículo transitorio de la reforma que creó la Guardia Nacional, aseveró.
“Específicamente, incumple con la obligación de que la intervención de las fuerzas armadas sea ‘extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria’. Estos parámetros son obligatorios, están en la Constitución y vienen de una muy importante sentencia de la Corte Interamericana (de Derechos Humanos)”, finalizó.
El colectivo “Seguridad Sin Guerra”, por ejemplo, señaló que el hecho de que el Ejército esté en las calles les permite “realizar detenciones, ejecutar órdenes de aprehensión, asegurar bienes, resguardar y procesar escenas del crimen (en espacios públicos) sin controles externos y sin mecanismos de rendición de cuentas”.
López Obrador, por su parte, se defendió este jueves, al señalar que “lo que se hizo fue emitir un decreto, es realmente un trámite, es lo que se hizo. Ya existía la aprobación del Congreso de la reforma constitucional”, dijo.
“No quiero que la Guardia Nacional termine como la Policía Federal, sería un rotundo fracaso. Por eso, aunque me critiquen de que quiero militarizar al país, voy a seguir insistiendo que nos deben ayudar las Fuerzas Armadas en tareas de Seguridad Pública”, aseguró.