Marta Lamas, Proceso
Ciudad de México, 08 de agosto de 2020
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– Cuatro ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaban de rechazar el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara que, de aprobarse, hubiera abierto las puertas para que las demás entidades federativas transitasen hacia la interrupción legal del embarazo (ILE). Vale la pena recordar los antecedentes.
En 2017 un grupo de trabajo coordinado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) y el Instituto Nacional de las Mujeres elaboró el Informe de Alerta de Violencia de Género para Veracruz, que concluyó que era necesario emprender acciones legislativas que garantizaran los derechos de las veracruzanas, entre otras cosas la reforma del Código Penal para despenalizar el aborto hasta la decimosegunda semana de gestación.
Tal propuesta fue desechada, por lo cual se promovió un amparo y el juez de distrito lo concedió, y ordenó al Congreso legislar conforme a las recomendaciones. El Congreso de Veracruz se inconformó. El amparo llegó a la Primera Sala de la SCJN y le tocó al ministro González Alcántara hacer el proyecto de sentencia.
Dicho proyecto sostenía que Veracruz debía modificar su regulación restrictiva de aborto, y lo fundamentaba en la Constitución mexicana y en las obligaciones que tiene México, derivadas de tratados internacionales, como la CEDAW y la Convención Belem do Pará, que establecen que los Estados deben tomar todo tipo de medidas legislativas para reformar leyes discriminatorias contra la mujer.
De manera contundente el proyecto señalaba que “la prohibición absoluta de la interrupción del embarazo vía tipificación penal se traduce en una injerencia en la autonomía de las mujeres que lacera y restringe sus derechos humanos”. Además González Alcántara desmontaba lo que muchas personas pensaban que era un obstáculo insalvable: la reforma a la Constitución estatal que protege la vida desde el momento de la concepción, que se aprobó con Duarte como gobernador en 2016.
González Alcántara argumentaba que las reformas al Código Penal son compatibles con la protección a la vida contemplada en la Constitución del estado de Veracruz.
La protección a la vida desde el momento de su inicio es un valor general que admite excepciones (que van desde aceptar la legítima defensa hasta el aborto). Todos los países que tienen despenalizado el aborto (como los europeos) también tienen consagrada la defensa de la vida en sus constituciones. El ministro desarmaba jurídicamente la creencia acerca de que la protección a la vida impide legalizar el aborto, y señalaba que no era un impedimento para que el Congreso veracruzano cumpliera con el mandato de reformar el Código Penal.
Sin embargo, los otros cuatro ministros de la Primera Sala (Norma Piña, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Margarita Ríos Farjat) no aprobaron un proyecto que se perfilaba como un precedente importante.
¿Por qué tal rechazo? Mi primera impresión fue la de pensar que las presiones políticas de la derecha lo habían frenado. Sin embargo, el coordinador jurídico de GIRE, Alex Alí Méndez, me explicó que la decisión de la Corte se debe a un tema de forma relacionado con lo que se reclamó en la demanda de amparo y a la manera en que la Corte ha venido resolviendo asuntos similares. Aunque González Alcántara había hecho todo para salvarlo, el tema era de orden procesal. En su intervención los ministos y ministras que votaron en contra tuvieron cuidado de aclararlo, sostuvieron que su rechazo al proyecto no era un pronunciamiento en contra de los derechos de las mujeres.
En suma, la decisión del pasado miércoles obedece únicamente al estudio de los elementos procesales del juicio de amparo.
¿Qué lección deja esta experiencia? La de que hay “reglas del juego” jurídico que no deben saltarse. O sea, si la forma en que se pide algo no cumple con ciertos requisitos, es desechada, más allá de que el tema sea justo y necesario. Las organizaciones impulsaron una estrategia sin duda novedosa, obtuvieron un buen resultado con el juez de Distrito pero que, a la luz del historial de decisiones de la Corte, implicaba desconocer sus propios precedentes.
Me parece que el cuestionamiento aquí debe hacerse al Congreso de Veracruz, que teniendo una sentencia que les ordenaba legislar a favor de las mujeres prefirieron ir en contra. No es la Corte quien se pronuncia contra los derechos de las mujeres, es el Congreso que se niega a reconocer la autonomía reproductiva de las mujeres. Si el Congreso no hubiera impugnado la decisión del juez no estaríamos hablando de la decisión de la Corte sino de una legislatura que entiende que su papel en una democracia también es promover, proteger y garantizar los derechos humanos como lo ordena la Constitución.
Es evidente que la lectura acerca de la votación va a tener una interpretación política desafortunada. Yo misma me deprimí cuando supe el resultado. Pero lo ocurrido remite a que en el campo jurídico el fin no justifica los medios, sino que los medios cuentan, ¡y mucho! El saldo positivo de lo ocurrido es la espléndida argumentación del ministro González Alcántara, que puede ser retomada en los próximos procesos que seguramente vamos a tener. ¡La marea verde avanza!
Análisis publicado el 2 de agosto en la edición 2283 de la revista Proceso.
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Lamas, M. (2020). El aborto vuelve a escena. Proceso. Recuperado el 11 de agosto de 2020, de https://www.proceso.com.mx/642064/el-aborto-vuelve-a-escena-veracruz-scjn